Legislación Actual sobre la Función Docente y Administrativa Pública
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Te invitamos a Reconocer los Reglamentos del estatuto del Docente, sus Planteamientos, Conceptos según la ley General de Educación y la ley 41-08 de Función Pública.
´´Legislar es elaborar o establecer leyes para gobernar un país´´, por ende emerge el estatuto del docente el mismo nace gracias al reconocimiento del gobierno y a los esfuerzos realizados por el sector docente, fue aprobado mediante el decreto número 421 del año 2000, el 15 de agosto. Este surgió como una herramienta legal con el fin de formalizar las conquistas del magisterio nacional, para hacer posible el conjunto de disposiciones basadas en la ley general de educación 66-97, con el objetivo de ser puesto en práctica revalorizando los derechos y deberes de los maestros en la República Dominicana.
De igual manera la ley 41-08 que contempla las funciones públicas tiene como ´´objeto regular las relaciones de trabajo de las personas designadas por las autoridades competentes para desempeñar una función en el estado´´. La misma no regula los derechos del docente ya que estos se rigen por el estatuto del docente que nace de la ley 66-97.
Tanto la ley 41-08 como la ley general de educación 66-97 están contempladas en la constitución de la República Dominicana. El estatuto del docente busca promocionar una transformación en la educación partiendo del reconocimiento de los derechos de los maestros para estimular el cumplimiento de las obligaciones que conducirán a la búsqueda de la calidad de la educación a través del desarrollo técnico-pedagógico.
Por consiguiente la ley 41-08 busca que se revalorizan los derechos de los servidores públicos en un marco de profesionalización y dignificación laboral. Dicha ley redacta en su artículo 3 ´´ que la función pública estará regida por un conjunto ordenado y sistemáticos de principios fundamentales´´ dentro de los cuales están ´´el mérito personal, igualdad de acceso a la función pública´´, pero en vista de que en el país impera el ámbito político (partidismo) estos aún siguen siendo una ilusión.
En cuanto a los derechos y deberes de los docentes se han logrado, aunque no en su totalidad. En la actualidad la asociación dominicana de profesores (ADP) aun están en diálogo con las autoridades del ministerio de educación (MINERD) para que se reconozca lo establecido el en estatuto del docente.
Es de vital importancia que tanto los docentes como los servidores públicos se empoderen de sus derechos, deberes y compromisos de acuerdo a la función que desempeñan, para lograr la calidad educativa que tanto anhela y mejores servicios públicos de manera imparcial.
Maestría en Planificación y Gestión de la Educación
Asignatura: Legislación Educativa Contemporánea.
Profesor: Félix E. Dini Saldaña.
Equipo # 3
Angélica María Valdez.
Inmaculada Turbi Méndez.
Teresa Bugué Encarnación.
Teresa Ramírez De Los Santos.
Yaris Yokarelys Tapia Berroa.
Ninfa Herrera Valenzuela.
Doris Herrera González.
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