Direcciones de salud harán vigilancia epidemiológica

https://www.loultimodigital.net/2019/01/direcciones-de-salud-haran-vigilancia.html

Estos son algunos de los mandatos derivados del proceso de separación de funciones que dejó en manos del Servicio Nacional de Salud (SNS) todo lo concerniente a la gestión y prestación de servicios de los hospitales de la red pública y al Ministerio de Salud Pública con las funciones de rectoría, como lo establece la Ley General de Salud (42-01) y la Ley que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (87-01).
Según un documento elaborado en agosto del año pasado por el Ministerio de Salud Pública, denominado “La desconcentración de la rectoría: Organización de las Direcciones Provinciales y Municipales de Salud”, estas unidades con presencia en provincias y municipios del país deberán realizar acciones de vigilancia sobre la situación y tendencias de enfermedades, síndromes, riesgos y amenazas a la salud, al igual que a su determinación social, sobre las desigualdades e inequidades en perfiles de enfermedad, de exposición y vulnerabilidad entre poblaciones y sobre la participación social en salud.
Otra de sus responsabilidades es realizar acciones de vigilancia y control de riesgos y daños relacionados al agua de la red pública, la producción de gases, vapores, humo, polvo o cualquier otra sustancia, así como las condiciones sanitarias, la exposición a materia o sustancias tóxicas incluyendo las radioactivas.
Inspección de plantas de agua
También tendrán que vigilar y controlar los riesgos asociados al consumo de medicamentos, alimentos, productos sanitarios, cosméticos y de higiene y desarrollar intervenciones ante riesgos, desastres y emergencias colectivas.
De manera puntual, deberán inspeccionar, controlar y autorizar, los establecimientos de producción y expendio de alimentos, agua y bebidas envasadas, bajo las normas y procedimientos establecidos. Asimismo, evaluar y tomar medidas para el cumplimiento de las normas y regulaciones sobre salud y ambiente, incluyendo la potabilidad del agua.
Otra función tiene que ver con la recolección y envío de muestras de medicamentos, alimentos, productos sanitarios, productos cosméticos y de higiene en el mercado según normas y procedimientos establecidos.
Inspeccionar centros de salud públicos y privados
Es rol de las direcciones, inspeccionar, auditar y vigilar las condiciones de los centros y servicios de salud con fines de lograr y mantener la certificación de su habilitación, el cumplimiento de los estándares de calidad de proveedores públicos y privados. En su rol de rector en salud, al Ministerio le corresponde la organización del sistema hacia el logro de metas concretas, así como la gestión de la salud colectiva y la regulación sanitaria.
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